Suprema Corte declara inconstitucional la penalización del aborto en Aguascalientes

Aguascalientes, Méx.- La Suprema Corte de Justicia de la Nación, declaró inconstitucional la penalización del aborto en Aguascalientes y ordenó al Congreso del estado, derogar los artículos 101, 102 y 103 del Código Penal que castigan con cárcel el aborto.

Tras conceder un amparo a Grupo de Información en Reproducción Elegida y otras asociaciones civiles, a propuesta del ministro Juan Luis González Alcántara, la Primera Sala de la SCJN determinó la tarde de este miércoles que los mencionados artículos son contrarios a los derechos humanos de las mujeres, especialmente del derecho a la igualdad y no discriminación y del derecho a la salud.

El proyecto del ministro González Alcántara, señala que mediante la herramienta de una concesión amplia se puede proteger de manera idónea los derechos de las mujeres y personas con capacidad de gestar a la salud reproductiva e igualdad y no discriminación vulnerados de manera colectiva, objeto del presente juicio de garantías.

González Alcántara refiere que de 2015 a junio de este año, se han iniciado 73 carpetas de investigación por el delito de aborto en el estado de Aguascalientes.

“Setenta y tres personas han sido o están siendo procesadas por la aplicación de los artículos declarados inconstitucionales en la presente ejecutoria. Por ello, esta Primera Sala no puede ser indiferente a la situación en la que las mujeres y personas gestantes de Aguascalientes están y han sido sometidas de manera injusta, siendo imperativo que los tribunales constitucionales, rompan el círculo de discriminación y se tomen las medidas necesarias para reparar los daños ocasionados que la sociedad y el propio sistema de justicia les pudieran ocasionar o hayan ocasionado, procurando que no se perpetúen las causas que originaron tales daños”, refirió.