No existen elementos para modificar la medida cautelar en contra de un feminicida

Toluca, Méx.- Un juez del Poder Judicial del Estado de México con sede en el Distrito Judicial de Lerma determinó que no existen elementos para modificar la medida cautelar de prisión preventiva oficiosa impuesta a José Juan “N”, imputado por el feminicidio de una menor de edad en el 2015 en el municipio de Lerma.
El juez que conoce del caso, estimó razonable que esta medida, persista, ya que no existen dilaciones en el caso, ni tampoco violaciones al principio de presunción de inocencia.
En audiencia Ejecutoria de Amparo a favor del imputado para justificar la medida cautelar de prisión preventiva oficiosa, el juez de control estableció que al no conocer el domicilio del acusado, ni su actividad lícita, no es posible asegurar que no se sustraerá de la acción de la justicia, además de que está en riesgo la integridad de la familia de la víctima, ya que tuvo que abandonar su domicilio ante posible riesgo, mismo que permanece en resguardo.
Después de exponer sus argumentos aplicando Control de Convencionalidad y Leyes Internacionales y debido a la complejidad del caso, el juez destacó que no se viola el principio de presunción de inocencia, pese a que se haya superado el periodo de dos años que la ley señala como límite, puesto que el propio imputado renunció a su derecho para ser juzgado en un término máximo de dos años, a fin de fortalecer su defensa.
En fallo el juez estableció que ninguna otra medida cautelar sustituye a la prisión preventiva oficiosa, ya que el delito de feminicidio es considerado grave, además de probablemente fue realizado con dolo y en contra de una menor de 14 años
Cabe recordar que en el año 2015, José Juan “N” y otras dos personas presuntamente privaron de la vida y abusaron sexualmente de una menor de 12 años edad en la comunidad de Lupita Casas Viejas en el municipio de Lerma, por lo que se encuentra en proceso para determinar su culpabilidad o inocencia en este hecho.