Aprobadas en EdoMéx reformas en materia de violencia política y paridad de género

Toluca, Méx.- Aprueban en la LX Legislatura mexiquense las reformas constitucionales que sancionan la violencia política, impulsan la paridad de género en diversas normas, por lo cual fueron remitidas al Poder Ejecutivo, a fin de que se publiquen y entren en vigor.
Las Reformas Establecen que no podrán ocupar cargos públicos quienes tengan antecedentes de sentencia ejecutoriada por violencia política contra las mujeres, no estar inscrito en el Registro de Deudores
Alimentarios Morosos en el Estado de México, ni en otra entidad federativa, además de no estar condenada o condenado por sentencia ejecutoriada por delitos de violencia familiar contra la libertad sexual o de violencia de género.
Asimismo que la organización, desarrollo y vigilancia de los procesos electorales para las elecciones de gobernadora o gobernador, diputadas y diputados locales, de las y los integrantes de Ayuntamientos, es una función del Instituto Nacional Electoral y el Instituto Electoral del Estado de México (IEEM), que contará con un Órgano de Dirección Superior, integrado por una Consejera o un Consejero Presidente y seis Consejeras o Consejeros Electorales, con derecho a voz y voto, designados bajo el principio de paridad de género por el Consejo General del Instituto Nacional Electoral.
También en los procesos electorales los partidos políticos tendrán derecho a postular candidatas y candidatos, formulas, planillas o listas, por sí mismos, en coalición o en candidatura común con otros partidos, sin embargo, cada partido político en lo individual, independiente de participar coaligado, deberá garantizar la paridad de género, en las candidaturas locales correspondientes.
En los pueblos y comunidades indígenas tienen derecho a elegir, en los municipios con población indígena, representantes ante los Ayuntamientos, observando el principio de paridad de género.
Las diputadas y los diputados podrán ser electos de manera consecutiva hasta por cuatro periodos, la postulación sólo podrá ser realizada por el mismo partido o por cualquiera de los partidos integrantes de la coalición que los hubiera postulado, salvo que hayan renunciado o perdido su militancia antes de la mitad de su mandato.
De igual forma, se sancionarán las campañas violentas, las difamaciones y se podrán establecer medidas cautelares, entre ellas: ordenar la suspensión del cargo partidista, de la persona agresora y restituir la candidatura a la víctima.